1.- Qué es la hoja de reclamación/denuncia
Es un medio que el Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, conjuntamente con los establecimientos, pone a disposición de las personas consumidoras y usuarias para que puedan formular denuncias y reclamaciones allá donde se produce el hecho de que las motiva.
2.- Qué hará la administración con la hoja de reclamación/denuncia
La Administración que lo reciba actuará de oficio, iniciando las actuaciones que estime oportunas, teniendo en cuenta la petición de la persona reclamante o aquellas que estime adecuadas para el interés general.
3.- Cómo tramitar la hoja
Una vez cumplimentados los datos, deben adjuntarse todos los documentos relevantes relacionados con la denuncia o reclamación efectuada, así como las pruebas que se puedan aportar (muestras de producto, dictámenes técnicos, etc.).
– La persona consumidora o usuaria debe enviar la hoja destinada a la Administración, lo antes posible:
– Puede consultar las direcciones en el teléfono de atención ciudadana 012 o www.icconsum.org
– El “Ejemplar para el establecimiento” debe quedarse en el establecimiento o lugar donde se hace la reclamación mientras que la persona consumidora debe conservar el “Ejemplar para la persona consumidora”.